Abogada mediadora en Alicante
Abogada Mediadora en Alicante
La Mediación como excelente herramienta de resolución de conflictos
Soy mediadora esencialmente por mi actitud personal. Mi capacidad empática y mi talante conciliador me permiten tener una especial habilidad que deben tener los abogados mediadores.
En cualquier caso, la habilidad personal no es suficiente, esto te hace “especial”, pero realmente lo que te posiciona como abogado mediador profesional es la buena formación académica, que tiene que ser “muy específica” y bien realizada.
Ha de haber un constante reciclaje formativo como requisito legal. Un mediador/a (es un profesional, con obligada titulación universitaria y específica en Mediación, además debe ejercer siempre con un seguro de responsabilidad civil).
En definitiva, la Mediación HUMANIZA, nos hace perdurar.
Además, los abogados mediadores la utilizamos como una herramienta tremendamente práctica, pues:
UNA BUENA ABOGADA EN MEDIACIÓN PERMITE LOGRAR EL MEJOR ACUERDO POSIBLE, EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE Y CON EL MENOR COSTE, PERSONAL Y ECONÓMICO POSIBLE.
Ámbitos de aplicación en la Mediación
La mediación como instrumento de resolución de conflictos es especialmente indicado para preservar el vínculo entre los miembros de la familia.
Pretende evitar el enfrentamiento en el Juzgado, reduciendo el conflicto de intereses entre los miembros de una familia; a proteger el interés de los menores; a disminuir los efectos negativos de la separación o el divorcio; a facilitar la relación entre los padres y los hijos; y a reducir los costes económicos y emocionales que la separación y el divorcio representan para el Estado y la familia.
La vigente Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, recoge la posibilidad de acudir las partes a la mediación en una reclamación por accidente de tráfico. Esto realmente es posible para cualquier otra reclamación derivada de otro tipo de pólizas.
Aseguradora y cliente eligen de mutuo acuerdo al mediador. Inician voluntariamente las sesiones. Si alcanzan acuerdo se abona indemnización se formaliza en documento para ejecutar y cumplir.
Las empresas no son partidarias de romper vínculos comerciales con otras empresas con las que vienen colaborando y trabajando, por ello cuando surge un conflicto puntual prefieren solucionarlo mediante la Mediación.
De este modo pueden mantener esa relación comercial o de colaboración, garantiza la confidencialidad del conflicto que les perjudicaría en su imagen, y lo logran más rápidamente y más barato.
En la empresa familiar, la mediación es muy útil, porque prioriza se mantenga la relación personal entre los miembros de la familia.
La mediación, en este caso, ofrece una oportunidad para que las partes se puedan situar en lugar de la otra persona y entender el daño que pueden producir sus actos y aprender a evitarlos.
En ocasiones, si se menosprecia el conflicto desde el primer momento, la convivencia entre los vecinos/as se puede acabar convirtiendo en una pesadilla que termina en los juzgados o en una guerra abierta sin fecha para finalizar. Siendo la solución, abordar desde el inicio el conflicto, ya que puede tener una fácil y rápida solución a través del dialogo y de la empatía.
Estos conflictos pueden estar ocasionados por distintas causas, así como problemas de ruidos, humos, mascotas, usos indebidos de zonas comunes en urbanizaciones, obras, uso privado de zonas comunes,…
La mediación: Su distinción y sus ventajas
1. OBJETIVO DE LOS ABOGADOS MEDIADORES - EL ACUERDO:
La Mediación, como herramienta de resolución de conflictos, permite que los interesados (“mediados“) puedan alcanzar un acuerdo cien por cien satisfactorio para cada uno de ellos.
DOS ejemplos sencillos y claros para entender la mediación:
1. El juego de las “chocolatinas a cambio de un buen pulso”. Consiste en echar pulsos de fuerza entre parejas, sin hablar, entre ellos. El que más veces tumbe el brazo del contrincante, más chocolatinas se lleva.
Lo normal es que cada uno intente ganar al otro y así se llevará más chocolatinas que el otro.
La diferencia está en aquellas parejas que, de algún modo (siendo creativos), , logran entenderse y alcanzar el acuerdo de que una vez gana uno y otra vez gana el otro. De forma que se reparten las chocolatinas por igual número.
Es decir, “yo gano y tú también. “Tú contento y yo también”.
2. Otro ejemplo, el de la “naranja”.
Dos personas se pelean por una naranja, un mediador consigue, a través de un proceso bien dirigido, que uno reconozca que sólo le interesa la “cascara de la naranja” y que al otro le interesa sólo “el zumo de la naranja”. De manera que, aclarado esto, ambos obtienen lo que quieren y ya no hay conflicto.
Esto se consigue porque ambos interesados quieren resolver su conflicto mediante el trabajo que realizamos los abogados mediadores; porque como mediadora sé preguntar de tal manera que se aclara lo importante, es decir, lo que cada uno quiere. Y porque los abogados mediadores sabemos cerrar bien el acuerdo para que el mismo proporcione máxima satisfacción a ambos interesados.
2. LAS PARTES EN UN PROCESO DE MEDIACIÓN: LOS MEDIADOS Y EL MEDIADOR:
Los “mediados o interesados en la Mediación” logran ese acuerdo, protagonizado por ellos mismos, gracias a la intervención profesional de un mediador/a, que es el responsable de dirigir ese proceso, que tiene las siguientes fases:
1.- PRESENTACIÓN. EXPLICACIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN. FIRMA DE ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD.
2.- EXPOSICIÓN DEL CONFLICTO POR CADA MEDIADO (QUÉ QUE QUIERE, POR QUÉ LO QUIERE (INTERESES) Y PARA QUÉ LO QUIERE (NECESIDADES).
3.- PROPUESTAS DE ACUERDO QUE SE ANALIZA CADA UNA.
4.- ACUERDO, si se alcanza. Y se formaliza por escrito.
TÉCNICAS DE MEDIACIÓN
El mediador debe aplicar acertadamente distintas técnicas en cada fase. Técnicas de escucha activa, de negociación, colaborativas, restaurativas…).
El mediador tiene que saber escuchar “bien” lo que dicen cada uno de los mediados y transmitirles confianza máxima. También hay que lograr que se escuchen entre ellos. Y hay que saber crear canales de comunicación.
MUY IMPORTANTE, en ese proceso hay que conseguir que quede muy claro para el Mediador y para los propios mediados, qué es lo que quiere cada uno de los mediados, por qué lo quieren, y para qué lo quieren.
Un buen Mediador tiene que asegurarse que los “mediados” se escuchan entre sí”, hay que intentar que se entienda entre ellos. Hay que saber rebajar el conflicto, reducir los momentos de “ira” y enfrentamiento. Esto requiere una gran habilidad.
Es infalible: “Cuando una persona conoce el motivo de por qué el otro hace o quiere las cosas, puede que cambie su forma de pensar. A esto se le llama “poner en los zapatos del otro” (empatizar).
Este es el “punto de inflexión”, cuando una persona entiende a la otra, aunque siga teniendo sus necesidades y las defienda, pero ya lo hace desde la perspectiva de la empatía, de este modo el camino al acuerdo es más fácil. Además, si el acuerdo se logra así, será más duradero, pues se habrá conseguido desde el respeto y entendimiento hacia el otro.
Esta es la clave y esto solo se logra en Mediación y con un buen Mediador/A. Por ello, la mediación no es una negociación convencional, La Mediación es mucho más.
3. LA DISTINCIÓN DE LA MEDIACIÓN:
La mediación como técnica de resolución de conflictos, se caracteriza por las siguientes características que la diferencia de otras herramientas como el “arbitraje, la negociación pura y dura”.
La mediación se rige por unos principios básicos.
1º Voluntariedad.
Las partes son absolutamente libres para someter la resolución de su conflicto a mediación, y cambiar de opinión en cualquier momento.
En cualquier momento las partes tienen derecho a retirarse y nadie puede obligarles a reiniciarlo.
2º Confidencialidad.
La mediación es un sistema que respeta la confidencialidad y la privacidad. Es obligado firmar un acuerdo de confidencialidad tanto los mediados como el mediador.
3º Imparcialidad o neutralidad.
El mediador no puede tomar partido ni inclinarse por una de las partes, debe limitarse a controlar la negociación marcando las pautas y a facilitar tanto la comunicación como las alternativas para el acuerdo.
4º Flexibilidad
La flexibilidad del procedimiento está ligada a la informalidad del mismo. Se realizan sesiones conjuntas entre las partes y el mediador, e incluso privadas entre el mediador y una de las partes.
5º Igualdad de las partes en conflicto
En la mediación se garantizará en todo momento la igualdad entre las partes en conflicto, asegurándose el equilibrio de posiciones y el respeto mutuo sobre los puntos de vista expresados.
6º Buena Fe
Las actuaciones de las partes en conflicto y de las personas mediadoras se rigen por las exigencias de la buena fe.
7º Carácter presencial
Las personas mediadoras y las partes han de asistir siempre personalmente a las reuniones de mediación.
Sólo excepcionalmente las partes podrán acudir representadas mediante escrito acreditativo de la representación.
VENTAJAS
- Control proceso y resultado por las partes
- Colaboración entre las partes
- Ganar-ganar
- Reducir la litigiosidad
- Protagonismo de las partes en la solución
- Más compromiso con el resultado
- Probabilidad alta de cumplimiento
- No ruptura del diálogo entre las partes
- Soluciones creativas
- Solución universal para todas las partes
- Rapidez
- Coste económico menor
- Facilita y conserva la relación
- Genera empatía
- Reputación conservada: confidencialidad
- Previene de conflictos futuros
1. OBJETIVO DE LOS ABOGADOS MEDIADORES - EL ACUERDO:
La Mediación, como herramienta de resolución de conflictos, permite que los interesados (“mediados“) puedan alcanzar un acuerdo cien por cien satisfactorio para cada uno de ellos.
DOS ejemplos sencillos y claros para entender la mediación:
1. El juego de las “chocolatinas a cambio de un buen pulso”.
Consiste en echar pulsos de fuerza entre parejas, sin hablar, entre ellos. El que más veces tumbe el brazo del contrincante, más chocolatinas se lleva.
Lo normal es que cada uno intente ganar al otro y así se llevará más chocolatinas que el otro.
La diferencia está en aquellas parejas que, de algún modo (siendo creativos), , logran entenderse y alcanzar el acuerdo de que una vez gana uno y otra vez gana el otro. De forma que se reparten las chocolatinas por igual número.
Es decir, “yo gano y tú también. “Tú contento y yo también”.
2. Otro ejemplo, el de la “naranja”.
Dos personas se pelean por una naranja, un mediador consigue, a través de un proceso bien dirigido, que uno reconozca que sólo le interesa la “cascara de la naranja” y que al otro le interesa sólo “el zumo de la naranja”. De manera que, aclarado esto, ambos obtienen lo que quieren y ya no hay conflicto.
Esto se consigue porque ambos interesados quieren resolver su conflicto mediante el trabajo que realizamos los abogados mediadores; porque como mediadora sé preguntar de tal manera que se aclara lo importante, es decir, lo que cada uno quiere.
Y porque los abogados mediadores sabemos cerrar bien el acuerdo para que el mismo proporcione máxima satisfacción a ambos interesados.
2. LAS PARTES EN UN PROCESO DE MEDIACIÓN: LOS MEDIADOS Y EL MEDIADOR:
Los “mediados o interesados en la Mediación” logran ese acuerdo, protagonizado por ellos mismos, gracias a la intervención profesional de un mediador/a, que es el responsable de dirigir ese proceso, que tiene las siguientes fases:
1.- PRESENTACIÓN. EXPLICACIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN. FIRMA DE ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD.
2.- EXPOSICIÓN DEL CONFLICTO POR CADA MEDIADO (QUÉ QUE QUIERE, POR QUÉ LO QUIERE (INTERESES) Y PARA QUÉ LO QUIERE (NECESIDADES).
3.- PROPUESTAS DE ACUERDO QUE SE ANALIZA CADA UNA.
4.- ACUERDO, si se alcanza. Y se formaliza por escrito.
TÉCNICAS DE MEDIACIÓN
El mediador debe aplicar acertadamente distintas técnicas en cada fase. Técnicas de escucha activa, de negociación, colaborativas, restaurativas…).
El mediador tiene que saber escuchar “bien” lo que dicen cada uno de los mediados y transmitirles confianza máxima. También hay que lograr que se escuchen entre ellos. Y hay que saber crear canales de comunicación.
MUY IMPORTANTE, en ese proceso hay que conseguir que quede muy claro para el Mediador y para los propios mediados, qué es lo que quiere cada uno de los mediados, por qué lo quieren, y para qué lo quieren.
Un buen Mediador tiene que asegurarse que los “mediados” se escuchan entre sí”, hay que intentar que se entienda entre ellos. Hay que saber rebajar el conflicto, reducir los momentos de “ira” y enfrentamiento. Esto requiere una gran habilidad.
Es infalible: “Cuando una persona conoce el motivo de por qué el otro hace o quiere las cosas, puede que cambie su forma de pensar. A esto se le llama “poner en los zapatos del otro” (empatizar).
Este es el “punto de inflexión”, cuando una persona entiende a la otra, aunque siga teniendo sus necesidades y las defienda, pero ya lo hace desde la perspectiva de la empatía, de este modo el camino al acuerdo es más fácil.
Además, si el acuerdo se logra así, será más duradero, pues se habrá conseguido desde el respeto y entendimiento hacia el otro.
Esta es la clave y esto solo se logra en Mediación y con un buen Mediador/A. Por ello, la mediación no es una negociación convencional, La Mediación es mucho más.
3. LA DISTINCIÓN DE LA MEDIACIÓN:
La mediación como técnica de resolución de conflictos, se caracteriza por las siguientes características que la diferencia de otras herramientas como el “arbitraje, la negociación pura y dura”.
La mediación se rige por unos principios básicos.
1º Voluntariedad.
Las partes son absolutamente libres para someter la resolución de su conflicto a mediación, y cambiar de opinión en cualquier momento.
En cualquier momento las partes tienen derecho a retirarse y nadie puede obligarles a reiniciarlo.
2º Confidencialidad.
La mediación es un sistema que respeta la confidencialidad y la privacidad. Es obligado firmar un acuerdo de confidencialidad tanto los mediados como el mediador.
3º Imparcialidad o neutralidad.
El mediador no puede tomar partido ni inclinarse por una de las partes, debe limitarse a controlar la negociación marcando las pautas y a facilitar tanto la comunicación como las alternativas para el acuerdo.
4º Flexibilidad
La flexibilidad del procedimiento está ligada a la informalidad del mismo. Se realizan sesiones conjuntas entre las partes y el mediador, e incluso privadas entre el mediador y una de las partes.
5º Igualdad de las partes en conflicto
En la mediación se garantizará en todo momento la igualdad entre las partes en conflicto, asegurándose el equilibrio de posiciones y el respeto mutuo sobre los puntos de vista expresados.
6º Buena Fe
Las actuaciones de las partes en conflicto y de las personas mediadoras se rigen por las exigencias de la buena fe.
7º Carácter presencial
Las personas mediadoras y las partes han de asistir siempre personalmente a las reuniones de mediación.
Sólo excepcionalmente las partes podrán acudir representadas mediante escrito acreditativo de la representación.
VENTAJAS
Control proceso y resultado
Protagonismo de las partes en la solución
Soluciones creativas
Facilita y conserva la relación
Colaboración entre las partes
Más compromiso con el resultado
Solución universal para todas las partes
Genera empatía
Ganar
Probabilidad alta de cumplimiento
Rapidez
Reputación conservada: confidencialidad
Reducir la litigiosidad
No ruptura del diálogo entre las partes
Coste económico menor
Previene de conflictos futuros
Así desempeño mi trabajo como Abogada Mediadora
Contactar con la otra parte
1.- Contactaré con la otra persona afectada por el conflicto.
Información del proceso
2.– Si esta persona acepta, les convocaré a ambos en mi despacho, les informaré del proceso, las fases, las reglas de ese proceso (respeto al hablar y al escuchar a la otra parte, el tiempo de cada sesión, el acuerdo de confidencialidad que firmaremos “los mediados” y yo como mediadora. Fijaremos el número de sesiones máximas y el tiempo de duración de cada sesión. Les indicaré mis honorarios que deberán abonar a partes iguales.
Exposición del conflicto
3.- Si aceptan, firmaremos ese acuerdo de confidencialidad e iniciaremos la primera fase, es decir, la de la exposición del conflicto por cada uno de vosotros.
Iremos avanzando, yo realizaré, si lo considero necesario, sesiones privadas con cada uno de vosotros para conocer los detalles que no quieren que la otra parte conozca pero que me permitan avanzar. Como abogados mediadores siempre estaré obligada a la confidencialidad y a ser imparcial. Les trataré por igual, sin preferencias.
Búsqueda de soluciones
4.- Conocido el conflicto, se buscarán soluciones y se analizarán. Hay que alcanzar un acuerdo que obligadamente debe ser legal, no contrario a ley.
Acuerdo
5.– Elegiremos las más adecuadas. Y finalmente, eligen los clientes, de mutuo acuerdo, LA MEJOR.
Formalizaremos el acuerdo que firmareis para que sea ejecutable. Este acuerdo se puede recoger en la escritura pública y/o al juzgado, si ya hubiera un proceso judicial en curso aunque suspendido, para que se homologue ese acuerdo judicialmente.
Mi labor como Mediadora, es distinta y paralela al asesoramiento que cada uno de ustedes reciba de su abogado.
De este modo, ustedes y yo habremos logrado el objetivo, EL MEJOR ACUERDO PARA USTEDES Y DE LA MEJOR MANERA.
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