Cuando una pareja se separa, surge la gran pregunta: ¿cómo se decide la custodia de los hijos? En Alicante, como en el resto del país, la respuesta siempre parte del mismo punto: el bienestar de los menores. A partir de ahí, cada familia es distinta y cada caso tiene sus matices. Aquí te explico, de forma clara y con ejemplos reales, qué valora el juez, qué tipos de custodia existen, cómo es el proceso y qué puedes hacer para prepararte.
¿Qué significa «interés superior del menor»?
El “interés superior del menor” no es una fórmula cerrada, sino una guía: la decisión debe favorecer el desarrollo integral del niño o la niña —emocional, educativo y social— por encima de los deseos de los adultos. En la práctica, un juzgado de familia no se pregunta ¿qué quiere cada progenitor?, sino ¿con qué organización vivirá mejor el menor?.
Ejemplo práctico:
Dos hermanos de 7 y 10 años han vivido siempre cerca de su colegio. Aunque uno de los progenitores plantea mudarse lejos por trabajo, el juez puede priorizar mantener rutinas, colegio y red de apoyo, porque eso reduce el impacto del divorcio en los niños.
Factores que valora el juez
No existe una regla. El juez analiza un conjunto de circunstancias y construye una imagen completa del caso. Suele tener en cuenta:
- Relación previa y apego con cada progenitor.
- Disponibilidad real para cuidar (horarios, turnos, posibilidad de conciliar).
- Edad y madurez de los hijos. A partir de 12 años se escucha su opinión; no es vinculante, pero cuenta.
- Mantener unidos a los hermanos cuando sea posible.
- Estabilidad del entorno y vivienda adecuada.
- Cooperación y comunicación entre los progenitores (clave en custodia compartida).
- Informes del equipo psicosocial del juzgado si hay dudas.
- Existencia de conflictos graves o violencia: en estos casos, pueden limitarse visitas o descartarse modelos que aumenten el riesgo.

Consejo útil:
«Documenta tu implicación: tutorías escolares, citas médicas, actividades, rutinas. Cuantos más hechos objetivos presentes, más claro verá el juez tu rol».
Diferencia entre custodia compartida y exclusiva
Ambos modelos son válidos. Lo importante no es el “nombre”, sino el encaje con la realidad de tu familia.
Custodia compartida
- Ambos progenitores son cuidadores principales.
- El tiempo no tiene por qué ser 50/50 exacto: se busca equilibrio práctico.
- Requiere buena coordinación (calendario, comunicación, rutinas coherentes).
Ejemplos de calendarios reales:
- Semanas alternas con intercambio en lunes.
- 2-2-3 (dos días con A, dos con B, tres con A; la semana siguiente se invierte).
- Por quincenas cuando los hijos son más mayores y viven cerca del colegio.
Ventajas frecuentes:
- Mantiene la presencia activa de ambos padres.
- Reparte responsabilidades del día a día (tareas, médicos, extraescolares).
Retos habituales:
- Si hay mala comunicación o domicilios muy alejados, puede generar fricción.

Custodia exclusiva (monoparental)
- Los hijos conviven de forma habitual con un progenitor.
- El otro progenitor tiene un régimen de visitas y estancias (habitualmente fines de semana alternos y mitad de vacaciones).
- Suele establecerse una pensión de alimentos para cubrir gastos de los menores.
Cuándo encaja mejor:
- Jornadas laborales incompatibles de uno de los progenitores.
- Alta conflictividad o falta de coordinación mínima.
- Necesidades especiales del menor que aconsejan un único hogar estable.
Requisitos y cómo solicitar la custodia en Alicante
Hay dos vías. Si puedes, empieza por la más cooperativa: suele ser más rápida y menos costosa.
Mutuo acuerdo
- Se presenta un convenio regulador con: tipo de custodia, calendario de visitas, pensión de alimentos, uso de vivienda, vacaciones, comunicaciones, etc.
- El juez lo revisa y, si protege a los menores, lo aprueba.
- Vía contenciosa
- Si no hay acuerdo, uno de los progenitores demanda y el juez decide tras ver pruebas e informes.
Puede haber medidas provisionales para organizar la situación mientras dura el procedimiento.
Documentación que suele ayudar:
- Certificados escolares y médicos.
- Justificantes de horarios laborales y conciliación.
- Empadronamiento, contrato de alquiler o hipoteca.
- Pruebas de participación activa (comunicaciones con el colegio, actividades, calendarios).
- Propuesta clara de plan de parentalidad: quién hace qué, cuándo y cómo.

Errores comunes a evitar:
- Incumplir visitas o decisiones judiciales.
- Obstaculizar la relación con el otro progenitor sin causa.
- No responder a comunicaciones del colegio o sanitarias.
- Proponer un reparto imposible por tus horarios o domicilio.
- Derechos del padre en la custodia
Cómo prepararte para un juicio de custodia: checklist rápido
- Implicación demostrable: asistencia a tutorías, seguimiento de tareas, salud y rutinas.
- Estabilidad: vivienda adecuada, horarios previsibles, red de apoyo (abuelos, tíos).
- Colaboración: disposición a facilitar el contacto con el otro progenitor.
- Comunicación respetuosa: evita mensajes impulsivos; piensa que pueden incorporarse al expediente.
- Coherencia: el plan que propones debe ser viable con tus horarios y distancias.
- Prioriza a los niños: no hables mal del otro progenitor delante de ellos ni los pongas en el centro del conflicto.
En España no existe preferencia legal por la madre. Hay igualdad entre progenitores. Como padre, puedes:
- Solicitar custodia compartida o exclusiva.
- Mantener relación constante y comunicación con tus hijos.
- Ser informado y decidir sobre educación, salud y cuestiones relevantes (patria potestad, que suele ser compartida).
- Pedir modificación de medidas si cambian sustancialmente las circunstancias (p. ej., horarios, domicilio, necesidades de los menores).
Idea clave:
- La voluntad del menor se escucha, pero el juez valorará si está influida y si existe suficiente madurez. Siempre prevalece su interés superior.
- Mediación familiar: el camino inteligente para reducir el conflicto
- Antes de judicializar, considera la mediación. Un mediador neutral os ayuda a encontrar acuerdos sobre custodia, visitas, gastos y comunicación.
Beneficios:
- Más rápida y económica que el juicio.
- Reduce el conflicto y protege a los niños.
- Los acuerdos pueden homologarse judicialmente para que tengan fuerza legal.
En Alicante y la Comunitat Valenciana existen recursos de mediación pública y privada. Si hay tensión en los intercambios, los juzgados pueden derivar a puntos de encuentro familiar para facilitar las visitas de forma segura.
Decide con información y con apoyo profesional
La regulación de la custodia no va de “ganar” o “perder”, sino de construir la mejor organización posible para tus hijos. Si te encuentras en este proceso, contar con una abogada especializada en custodia de hijos en Alicante puede marcar la diferencia: te ayudará a diseñar un plan realista, documentar tu implicación y defender, con datos, lo que mejor protege a tus hijos.
Preguntas frecuentes
No. El reparto puede adaptarse a turnos, distancias y necesidades de los menores.
A partir de 12 años se les escucha de forma habitual; antes también si muestran suficiente madurez.
Sí. Si cambian de forma relevante las circunstancias, puede pedirse una modificación de medidas.
Depende del interés de los menores y de la situación económica. A veces se atribuye el uso al progenitor custodio durante un tiempo.
